Promueven dos leyes clave en materia de justicia penal y violencia digital
Los proyectos presentados por la senadora Flavia Delmonte pretenden modificar la Ley N° 15.357 sancionada en 2022 y crear un nueva norma para erradicar el ciberataque.
Con el objetivo de mejorar la seguridad en la provincia de Buenos Aires y adaptar las normas vigentes a los desafíos contemporáneos, la senadora Flavia Delmonte presentó dos importantes proyectos de ley.
El primero propone modificaciones a la ley 15.357 para modernizar el sistema de justicia bonaerense y asegurar una representación equilibrada y justa, y el segundo introduce una nueva ley diseñada para prevenir, sancionar y erradicar todo tipo de violencia digital.
“Estos proyectos son esenciales para la seguridad de nuestros ciudadanos y para adaptar nuestras normativas a las realidades y desafíos del mundo actual”, sostuvo la legisladora, y agregó: “Estamos comprometidos en construir un sistema de justicia más eficaz”.
MODIFICACIONES A LA LEY N° 15.357
El primer proyecto plantea una serie de modificaciones a la Ley N° 15.357, sancionada en 2022 para crear una Comisión Bicameral que adecúe las normas procesales penales a los estándares constitucionales e internacionales.
En ese sentido, determina “crear en el ámbito de la Legislatura una Comisión Bicameral cuyo objeto será adecuar la legislación procesal penal en materia de prisión preventiva y excarcelación y demás alternativas o morigeraciones a tales medidas cautelares y la legislación del procedimiento, ejecución penal y penitenciaria, a los estándares internacionales con el objetivo de mejorar y modernizar el sistema de justicia bonaerense.”
Además, incorpora el artículo 5°, que establece que el presidente de la comisión será designado a propuesta del bloque parlamentario opositor con mayor número de legisladores en la Legislatura y que la presidencia se ejercerá en forma rotativa por los miembros de una y otra cámara.
También suma el artículo 6°, el cual designa que la Comisión Bicameral emitirá dictamen en el plazo de 180 días, prorrogables por noventa 90 días más; y también el 7°, que resuelve que la comisión podrá contratar el personal administrativo y técnico que fuera necesario para el efectivo ejercicio de su objeto.
Finalmente, agrega el artículo 8°, el cual dispone que los gastos que ocasione el cumplimiento de la ley serán tomados del presupuesto correspondiente a la Legislatura de la Provincia.
PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DIGITAL
El otro proyecto de la senadora Delmonte tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar en la provincia de Buenos Aires la violencia digital, entendida como toda conducta en contra de las mujeres basada en su género cometida con la asistencia, utilización o apropiación de tecnologías de la información y la comunicación, se informó en un comunicado.
La norma establece que la autoridad de aplicación designada por el Poder Ejecutivo será la encargada de realizar campañas de difusión que contribuyan a concientizar y dar visibilidad a la problemática y de elaborar y distribuir material que informe sobre el contenido de la ley, las características de la violencia digital y las vías para denunciarla.
Además, se promoverá el desarrollo de jornadas y otras actividades orientadas a la capacitación de equipos específicos y promueve ante la Dirección General de Cultura y Educación la implementación de actividades orientadas a concientizar sobre la violencia digital en todos los niveles y modalidades educativas.
Por otro lado, pena con una multa de entre el 25 y el 45 por ciento del haber mensual del agente de seguridad de la policía de la Provincia de Buenos Aires a quien ejerciera violencia digital o telemática, siempre que el hecho no constituya delito.
Finalmente, dispone que la víctima de violencia digital goce de los mismos derechos de tratamiento que la víctima de violencia de género y establece la creación de la Semana contra la Violencia Digital, la cual se conmemorará los primeros siete días del mes de noviembre de cada año con el objetivo de concientizar a la población.