REPROCANN: cuando la burocracia Reemplaza las necesidades humanas básicas e indispensables

Nota de Opinión
Por Magalí Ledesma

En los últimos días, el REPROCANN incorporó nuevas funciones: un botón para anular trámites, un módulo específico para organizaciones solidarias, supuestas mejoras en la carga documental y promesas de que, si todo está “en regla”, las autorizaciones podrían resolverse en apenas quince días. La narrativa oficial sugiere modernización, agilidad y la tan esperada “normalización” del sistema.

Sin embargo, detrás de estos cambios hay una pregunta que sigue sin responderse: ¿estas medidas acercan a las personas al tratamiento que necesitan o siguen siendo una carrera de obstáculos para quienes dependen del cannabis medicinal para vivir con menos dolor?

Si hablamos desde una perspectiva de salud pública —la única honesta cuando tratamos el acceso a tratamientos esenciales— la respuesta es evidente: los anuncios no resuelven el problema de fondo. El REPROCANN continúa atrapado en una lógica burocrática, más preocupada por ejercer un poder de policía que por cuidar. Una política que prioriza papeles antes que personas no simplifica el acceso: lo deteriora.

El sistema sigue exigiendo requisitos engorrosos: documentación compleja, cargas online que fallan, informes semestrales para ONG y nuevas exigencias para médicos prescriptores, que dejan a miles de pacientes “colgados” esperando renovación. Todo esto en un contexto donde hay cerca de 100.000 personas en lista de espera y un número insuficiente de profesionales habilitados para prescribir.

Lo que se presenta como “mejora administrativa” funciona, en la práctica, como un filtro: sólo accede quien puede navegar la complejidad técnica, pagar consultas privadas, encontrar un profesional habilitado y sostener reiterados trámites sin perder continuidad terapéutica.

Eso no es una política de salud: es un mecanismo extorsivo de exclusión. Cada requisito adicional, cada trámite que se traba, cada documento que falta, es un día más sin alivio para quienes dependen del cannabis medicinal. Eso es exactamente lo que un Estado debe evitar: los daños que tiene la obligación de reducir.

El problema no es la regulación en sí, sino la forma en que se implementa. Son impostergables políticas accesibles, flexibles, adaptadas a las realidades de las personas y orientadas a minimizar riesgos, no a ampliarlos. La política pública actual se sostiene sobre un paradigma de sospecha:

● sospecha sobre pacientes
● sospecha sobre ONG
● sospecha sobre cultivadores solidarios
● sospecha incluso sobre médicos que prescriben

Esa desconfianza se traduce en controles documentales, verificaciones rígidas y procesos que pueden demorar meses. Pero la enfermedad no espera.

El dolor no espera. La ansiedad, las convulsiones, el insomnio, los espasmos y todas las condiciones para las que el cannabis representa alivio no esperan a que un expediente se resuelva. Cuando el Estado demora el acceso, no solo incumple su obligación de garantizar el derecho a la salud: también empuja a muchas personas a la clandestinidad. Más riesgos, más incertidumbre, más vulnerabilidad. Lo contrario de lo que una política pública responsable debería promover.


Es necesario cambiar el enfoque, no solo el software

La discusión no es técnica: es ética y política. Si la prioridad real es la salud de las personas, entonces es indispensable:

● habilitar autorizaciones provisorias automáticas mientras los trámites están en proceso
● simplificar formularios y reducir documentación
● ampliar la red de profesionales habilitados y difundirla públicamente
● ofrecer asistencia técnica y plazos realistas para ONG y cultivadores solidarios
● garantizar que nadie sea criminalizado durante la espera de la renovación
● publicar métricas claras sobre accesibilidad y tiempos reales de aprobación

Recién ahí podríamos hablar de una política de cannabis medicinal que respeta derechos y se alinea con el paradigma de reducción de riesgos y daños.


Lo que está en juego

El cannabis medicinal no es un capricho, un hobby ni un privilegio. Para miles de personas en Argentina es, sencillamente, una herramienta imprescindible. Negarles acceso efectivo —alargando trámites, achicando la lista de prescriptores, exigiendo controles imposibles— es vulnerar derechos humanos básicos y elementales.

La actualización del REPROCANN podrá mejorar la usabilidad para quienes ya están dentro del sistema, pero no modifica la raíz del problema: una ley de drogas obsoleta y punitivista. Una política pública que mira más la burocracia que el padecimiento; más los requisitos que la urgencia; más la vigilancia y la sospecha que el cuidado.

Si el Estado quiere realmente garantizar salud, calidad de vida y reducción de daños, debe abandonar la lógica burocrática, abrazar la lógica del acceso y avanzar hacia una reforma penal más justa en materia de estupefacientes.

Porque en lo que respecta al cannabis medicinal, cada barrera administrativa se traduce en dolor evitable. Y una política que produce dolor evitable no es eficaz: es cruel, criminalizadora e injusta.


Abogada penalista. Especialista en políticas de drogas. Integrante de Abogadas Penalistas La Plata.

Condena firme al hijo de Pappo: satisfacción de la defensa de la víctima que pide que vaya a prisión

Luciano Napolitano, hijo del guitarrista Norberto “Pappo” Napolitano, deberá cumplir con la pena de 3 años y 8 meses de prisión por violencia de género, lesiones, amenazas y privación ilegal de la libertad contra su ex pareja Mariel Oleiro.

En las últimas horas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la Condena al hijo de Pappo. De esta forma, deberá cumplir con la pena de 3 años y 8 meses de prisión por violencia de género, lesiones, amenazas y privación ilegal de la libertad contra su ex pareja Mariel Oleiro.

Según el abogado defensor de la víctima, el penalista platense Gonzalo Pedro Escaray, “Este fallo confirma lo que venimos sosteniendo desde el primer día: Mariel dijo la verdad, sufrió violencia y la Justicia finalmente la escuchó. Se hizo justicia pese a todos los intentos de Luciano Napolitano y sus defensores por instalar la idea de una falsa denuncia, pretendiendo instalar además que la víctima era una mentirosa, manipuladora o interesada”.

“Hoy la verdad quedó acreditada con fuerza y de manera definitiva. El fallo es contundente y demuestra que no se puede desvirtuar un proceso judicial con contradicciones, versiones cambiantes ni estrategias que buscan desacreditar a la mujer que denuncia. La Corte evaluó toda la prueba en su conjunto, en el contexto de violencia en el que ocurrieron los hechos, y marcó con claridad que la Cámara había aplicado criterios alejados de la perspectiva de género”.

En este sentido Escaray agregó que “Mariel soportó años de agresiones y un enorme desgaste emocional para llegar hasta acá. Que la condena esté firme es un acto de reparación y un mensaje claro: la violencia de género no admite relativizaciones y la voz de las víctimas debe ser escuchada y respetada.”

El derrotero procesal


Inicialmente Napolitano había sido absuelto, luego de firmar un juicio abreviado, por la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro, pero la Suprema Corte de Provincia luego del recurso interpuesto por el particular damnificado y la Fiscalía, revirtió esa sentencia y restableció la condena a 3 años y 8 meses de prisión por lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, amenazas agravadas, privación ilegal de la libertad y tenencia ilegal de armas de guerra, todo en concurso real.

El máximo tribunal bonaerense sostuvo que la sentencia absolutoria de Cámara había incurrido en arbitrariedad, fragmentación probatoria y una incorrecta aplicación de los estándares de juzgamiento con perspectiva de género, omitiendo valorar pruebas contundentes como mensajes, testimonios, informes técnicos, intervenciones policiales y pericias que avalaban de forma consistente el relato de la víctima.

Tras ese fallo la defensa particular de Napolitano, presentó un nuevo recurso extraordinario federal para intentar llevar la discusión a la Corte Suprema de la Nación. Ese recurso fue declarado inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en la Acordada 4/2007 del máximo tribunal nacional. Al no haber sido apelada esta denegatoria mediante queja, la condena quedó firme en todos sus términos. expediente en contra de Emiliano Juan Napolitano se inició en 2020 y tras varias idas y vueltas por diferentes etapas judiciales, La Corte Suprema confirmó de manera definitiva la condena, que ahora deberá resolverse cómo se hará efectiva. La defensa de Napolitano intentará una prisión domiciliaria, mientras que la defensa de la víctima procura que cumpla su condena en la cárcel.

Según el abogado defensor de la víctima, el penalista Gonzalo Pedro Escaray, “Este fallo confirma lo que venimos sosteniendo desde el primer día: Mariel dijo la verdad, sufrió violencia y la Justicia finalmente la escuchó. Se hizo justicia pese a todos los intentos de Luciano Napolitano y sus defensores por instalar la idea de una falsa denuncia, pretendiendo instalar además que la víctima era una mentirosa, manipuladora o interesada. Hoy la verdad quedó acreditada con fuerza y de manera definitiva. El fallo es contundente y demuestra que no se puede desvirtuar un proceso judicial con contradicciones, versiones cambiantes ni estrategias que buscan desacreditar a la mujer que denuncia. La Corte evaluó toda la prueba en su conjunto, en el contexto de violencia en el que ocurrieron los hechos, y marcó con claridad que la Cámara había aplicado criterios alejados de la perspectiva de género”.

En este sentido Escaray agregó que “Mariel soportó años de agresiones y un enorme desgaste emocional para llegar hasta acá. Que la condena esté firme es un acto de reparación y un mensaje claro: la violencia de género no admite relativizaciones y la voz de las víctimas debe ser escuchada y respetada.”


Inicialmente Napolitano había sido absuelto, luego de firmar un juicio abreviado, por la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro, pero la Suprema Corte de Provincia luego del recurso interpuesto por el particular damnificado y la Fiscalía, revirtió esa sentencia y restableció la condena a 3 años y 8 meses de prisión por lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, amenazas agravadas, privación ilegal de la libertad y tenencia ilegal de armas de guerra, todo en concurso real.
El máximo tribunal bonaerense sostuvo que la sentencia absolutoria de Cámara había incurrido en arbitrariedad, fragmentación probatoria y una incorrecta aplicación de los estándares de juzgamiento con perspectiva de género, omitiendo valorar pruebas contundentes como mensajes, testimonios, informes técnicos, intervenciones policiales y pericias que avalaban de forma consistente el relato de la víctima.

Tras ese fallo la defensa particular de Napolitano, presentó un nuevo recurso extraordinario federal para intentar llevar la discusión a la Corte Suprema de la Nación. Ese recurso fue declarado inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en la Acordada 4/2007 del máximo tribunal nacional. Al no haber sido apelada esta denegatoria mediante queja, la condena quedó firme en todos sus términos.

Detienen 14 gendarmes por pedir coimas a camioneros sobre la Ruta 8

Efectivos de Gendarmería Nacional, incluidos altos mandos, fueron detenidos tras una investigación de siete meses. El procedimiento se inició luego de denuncias de transportistas que señalaban el cobro sistemático de sobornos a choferes de camiones en la Ruta Nacional 8, en la zona de Sampacho, al sur de Córdoba.

La causa, instruida por el juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, reveló el funcionamiento de una estructura que, presuntamente, exigía dinero a conductores para permitirles el paso en los puntos de control. Las pruebas reunidas motivaron órdenes de arresto que afectan a personal subalterno y también a la máxima autoridad local, A. G., titular del destacamento. Esta última está señalada por ser la cabeza detrás de la organización, tal como se desprende del expediente.

La investigación fue desarrollada por la propia fuerza, bajo directivas del magistrado, e incluyó veinticinco allanamientos simultáneos en domicilios y oficinas de Sampacho, Córdoba capital, Catamarca, Salta, Santa Fe y San Juan, según informó el portal CBA24N.

Crimen de Kim Gómez: rechazaron beneficiar con arresto domiciliario al menor de 14 años

El expediente por el crimen de Kim Gómez, la niña de 7 años asesinada en febrero pasado durante un intento de robo en la ciudad de La Plata, sumó un nuevo capítulo judicial tras la audiencia de revisión de la situación de uno de los dos adolescentes implicados. En las últimas horas, la jueza de Responsabilidad Penal Juvenil, María José Lescano, resolvió rechazar el pedido de morigeración de la medida de seguridad solicitado por la defensa del joven de 14 años, quien permanece alojado en un instituto de menores.

Tomó a dos menores como rehenes en Mar del Plata, se enfrentó a tiros con la Policía y murió antes de ser detenido

En su presentación, el abogado del adolescente señaló que el acusado tiene derecho del imputado a permanecer en un entorno familiar mientras se desarrolla el proceso judicial, por lo que había solicitado que se le conceda el arresto domiciliario.

Sin embargo, la magistrada entendió que, en esta instancia, no se encuentran dadas las condiciones para que el joven regrese a su casa.

Segúnse informó , durante la audiencia, la fiscal Carmen Ibarra, a cargo de la investigación y titular de la UFI N° 3, se opuso firmemente al planteo de la defensa. En su intervención, sostuvo que los hechos atribuidos al menor —cometidos junto con otro adolescente de 17 años— revisten una “gravedad excepcional”, lo que impide habilitar una modalidad más flexible de detención. “Más allá de la corta edad del imputado, la naturaleza del suceso impone un tratamiento cautelar acorde a su magnitud”, expresó la fiscal, según indicaron fuentes judiciales.

La jueza de Responsabilidad Penal Juvenil rechazó el pedido de arresto domiciliario para el adolescente de 14 años

El hecho ocurrió el 25 de febrero por la noche, en la zona sur de La Plata. Según la investigación, los dos adolescentes intentaron robarle el auto a Florencia Barboza, madre de Kim, cuando ambas se encontraban a bordo de un Fiat Palio rojo. En medio del asalto, la mujer fue obligada a bajar del vehículo, pero su hija permaneció en el asiento trasero, sujeta por el cinturón de seguridad.

Caja de la Abogacía lanza concurso “Premios a la Excelencia Profesional y Compromiso Social”

Está destinado a jóvenes abogados y abogadas que se destaquen por su desempeño profesional, su ética o su aporte a la comunidad

La Caja de la Abogacía de la Provincia de Buenos Aires abrió la convocatoria al concurso “Premios a la Excelencia Profesional y Compromiso Social”, una iniciativa que busca reconocer a jóvenes profesionales del Derecho que se destaquen en su ejercicio profesional por su compromiso ético, su impacto social positivo o su aporte a la comunidad.

La propuesta nace en un contexto donde con frecuencia se desvaloriza el rol de la juventud, se difunden discursos estigmatizantes —como la “juventud perdida” o “sin rumbo”—, y se pone en duda el valor transformador de la formación universitaria. Frente a ese panorama, la Caja apuesta a visibilizar y reivindicar a quienes, desde el Derecho, construyen caminos de responsabilidad, participación y excelencia profesional.

¿Quiénes pueden postularse?

Pueden postularse jóvenes profesionales de la abogacía matriculados/as en la Provincia de Buenos Aires que demuestren haber tenido un impacto significativo en su entorno, ya sea a través del ejercicio del Derecho, iniciativas sociales, trabajo comunitario, participación en organizaciones, o proyectos innovadores con base jurídica.

📅 Plazo de postulación

El período de recepción de postulaciones será del 14 de julio al 31 de agosto de 2025 inclusive.
Las personas interesadas deben enviar su candidatura por correo electrónico a:
📧 [email protected]

📄 Formulario, bases y condiciones

Para acceder al formulario de postulación y consultar las bases y condiciones completas del concurso, ingresar a:
🌐 www.cajaabogados.org.ar

El que debía cuidar, robaba: vigilador del country Mapuche detenido por asaltos

Estaba a cargo del patrullaje interno del barrio cerrado durante los hechos delictivos. La investigación derivó en cinco allanamientos y el hallazgo de armas, joyas y dinero.

Cinco hombres fueron detenidos esta madrugada en una serie de operativos realizados en las localidades de Del Viso y La Lonja, en el marco de una investigación por dos violentos robos ocurridos en el country Mapuche, ubicado sobre el kilómetro 48,500 de la Panamericana. Uno de los arrestados era empleado de seguridad privada: trabajaba como vigilador en el mismo barrio cerrado y, según los investigadores, tenía un rol clave dentro de la banda.

El sospechoso, de 35 años, fue detenido en una vivienda del barrio Los Tilos, en La Lonja. Según confirmaron fuentes judiciales, estaba contratado por la empresa Watchman y tenía asignadas tareas de patrullaje interno durante las horas en las que ocurrieron los robos. En su casa se secuestraron teléfonos celulares y una suma no precisada de dinero en efectivo.

Los hechos que motivaron la investigación ocurrieron el 24 de abril y el 12 de mayo pasados. En el primero de ellos, una propietaria del barrio y su empleada fueron sorprendidas por delincuentes que las maniataron y encerraron en una habitación. Los ladrones se llevaron dinero en efectivo y joyas de valor. En el segundo robo, bajo la modalidad “escruche”, los delincuentes ingresaron a una casa sin que hubiera ocupantes.

A partir del cruce de información, análisis de cámaras y testimonios, la Unidad Funcional de Instrucción N°1 de Pilar identificó a varios sospechosos, entre ellos tres jardineros que trabajaban con frecuencia en el barrio. El resto de los detenidos fueron aprehendidos en distintos domicilios de Del Viso, donde también se hallaron teléfonos celulares, dinero, joyas y hasta armas de fuego.

Uno de los operativos clave fue realizado en la calle Chiaporri al 8500, donde fueron capturados dos hermanos de 45 y 39 años, ambos parquistas, y se secuestraron varios dispositivos móviles. En otro domicilio vinculado a la banda, se encontró un rifle calibre .22, una escopeta calibre 12 y un importante lote de alhajas, entre cadenas y pulseras de oro y plata.

La investigación está a cargo del Juzgado de Garantías N°7 de Pilar, a cargo del Dr. Walter Saettone, y los allanamientos fueron coordinados por el oficial principal Gastón Cáceres del Destacamento La Lonja, con apoyo de distintas fuerzas policiales del distrito, incluyendo la Policía Local, Guardia Urbana, Policía Motorizada y el Grupo de Apoyo Departamental (GAD) de Pilar.

La causa fue caratulada como “Allanamientos. Aprehensiones y secuestro por robo agravado. Tenencia ilegal de armas. Secuestro de elementos sustraídos” y continúa en investigación, con el foco puesto en determinar si la banda actuó en otros barrios cerrados de la zona norte del conurbano.

El Colegio de la Abogacía de La Plata lanza encuesta abierta a un año de gestión

El Colegio de la Abogacía de La Plata impulsó una nueva instancia de participación para seguir fortaleciendo una gestión transparente, cercana y orientada a las necesidades del ejercicio profesional.

En el marco del primer aniversario de gestión, el Colegio de la Abogacía de La Plata (CALP) invita a sus matriculados a participar de una encuesta abierta que busca conocer su mirada sobre los cambios implementados y recoger propuestas para seguir mejorando, se informó en un comunicado.

La misma permite calificar distintos aspectos de la vida institucional, como la oferta académica, los beneficios vigentes, los servicios a los matriculados y sus familias. También incluye un espacio para sugerir nuevas iniciativas.

Desde el CALP destacaron que la participación lleva solo unos minutos y resulta clave para continuar construyendo un colegio más activo, transparente y cercano a las necesidades del ejercicio profesional.

El mensaje fue acompañado por un video institucional que refuerza el compromiso con una gestión abierta a la escucha. En él participaron la Consejera y Directora del Área de Acceso a la Justicia, Dra. Josefina Sannen Mazzucco; la Vicepresidenta, Dra. Lucía Vázquez; el Secretario General, Dr. Fabio Nilsen; la Tesorera, Dra. Daniela Peluso; y la Protesorera, Dra. Salomé Calderón.

También formaron parte del mensaje el Vicedirector del Área de Ejercicio Profesional, Dr. Marco Daniel Paz; el Consejero y Vicedirector del Instituto de Salud, Dr. Juan Álamo; el Consejero y Subdirector del Instituto de Derecho Laboral, Dr. Esteban Ferrarini; y el Consejero y Presidente de la Comisión de Deporte y Casa de Campo, Dr. Federico Laurito y la Presidenta del CALP, Dra. Marina Mongiardino.

“Cumplimos un año de gestión y queremos saber qué pensás: qué servicios te resultaron útiles, qué servicios tenemos que incorporar, qué mejoras impactaron en el ejercicio de la profesión, en qué tenemos que mejorar”, subrayaron desde la conducción del organismo, y aseguraron: “Tu opinión es muy importante para seguir mejorando tu colegio”.

Quienes deseen participar pueden acceder al cuestionario a través del enlace disponible en la biografía del perfil oficial de Instagram del CALP: @calp_oficial.

Condenaron a un pastor por abusar de una menor hace doce años

El caso se investigó desde 2013, cuando la víctima logró escapar después de un tormento de más de dos años. Ocurrió en Tapalqué

La Corte Suprema de Justicia dejó firme una condena de 30 años de prisión contra un pastor evangélico acusado de cometer aberrantes delitos sexuales contra una adolescente en la localidad bonaerense de Tapalqué.

El caso, que conmocionó a la comunidad y a la provincia, incluyó delitos de abuso sexual agravado, privación ilegítima de la libertad y actos de extrema violencia física y psicológica.

El condenado es Jorge Antonio Torres, un hombre que durante años fue parte de una congregación religiosa y que utilizó su posición como referente espiritual para acercarse a su víctima.

Según pudo reconstruirse en el marco de una extensa investigación judicial, el pastor comenzó a vincularse con la joven en 2011, cuando ambos participaban de reuniones de los Testigos de Jehová.

Torres ganó la confianza de la adolescente, quien por entonces tenía 18, y terminó ejerciendo sobre ella un poder coercitivo que derivó en su secuestro y posterior sometimiento sexual sistemático. Los hechos comenzaron en diciembre de ese año y se extendieron por más de dos años.

Piden agravar la pena para el ciudadano chino que mató a hombre luego de conducir en contramano por la ruta 2

El abogado platense que representa a la familia Ariel Pirollo (FOTO DEBAJO), el hombre que falleció tras ser impactado en la Ruta 2 por un ciudadano chino que conducía su BMW en estado de ebriedad y a contramano, pidió agravar la calificación en su contra, de “homicidio culposo” a “homicidio con dolo eventual”.

Con esa figura legal, el imputado Yan Shiwen podría recibir una pena de entre 8 y 25 años de prisión.

El planteo ante la fiscalía, fue impulsado por el letrado platense Gonzalo Escaray quien interviene en la causa, en el rol del particular damnificado junto a la doctora Daiana Monzón, ambos en representación de la familia de la víctima.

Escaray señaló a la Agencia de Noticias Fueros que “la conducta desplegada por el imputado no puede ser comprendida como meramente imprudente o temeraria: fue decididamente criminal”.

En ese sentido, el letrado precisó que Shiwen “conducía en estado de ebriedad acreditado, por varios kilómetros en contramano, superando los 100 km/h, pese a haber sido advertido insistentemente por terceros desde un colectivo que lo seguía y por los autos que lo esquivaban”.

“A pesar de ello, persistió deliberadamente en su accionar, con total desprecio por la vida humana”, puntualizó Escaray junto a la doctora Monzón.

El trágico accidente de tránsito se produjo a las 6:45 de la madrugada del domingo 25 de mayo en la Autovía 2, a la altura del kilómetro 39. Ariel Javier Pirollo, de 34 años, circulaba en su vehículo Volkswagen Gol en sentido a Mar del Plata cuando fue embestido de manera frontal por el BMW conducido a contramano y a alta velocidad, por Shiwen, de 41 años, con domicilio en Florencio Varela.

El impacto fue violento y fatal. Pirollo murió en el acto, mientras que el conductor del BMW fue detenido en el lugar y luego imputado por “homicidio culposo” por la Unidad Funcional de Instrucción N° 7 de Berazategui. El test de alcoholemia arrojó un resultado de 1,35 g/L, muy por encima del límite legal.

Testigos claves -dos pasajeros de un colectivo que venía del carril contrario y a la par del BMW- declararon que el imputado circuló varios kilómetros en contramano, superando los 100 km/h, mientras el colectivo le tocaba bocina insistentemente y los pasajeros le gritaban para advertirle el peligro, sin que este se detuviera ni intentara corregir su trayectoria, lo cual fue confirmado por imágenes obtenidas de la empresa AUBASA.

La pericia accidentológica oficial, fue concluyente, indicando que “no existieron maniobras evasivas por parte del BMW; el Volkswagen Gol intentó frenar, dejando una huella de 18 metros; el BMW invadió completamente el carril contrario y fue el protagonista directo activo del siniestro”.

Inicialmente la UFI N.º 7 de Berazategui calificó al hecho como “homicidio culposo agravado y lesiones leves”. No obstante, la familia de Ariel Pirollo, representada por los abogados Gonzalo Escaray y Daiana Monzón, ya se constituyó como particular damnificado, reclamando que el hecho sea calificado como “homicidio simple con dolo eventual y lesiones graves”.

Para los letrados Escaray (FOTO DEBAJO) y Monzón, tal como surge de las pericias y declaraciones testimoniales incorporadas al expediente, “el imputado se representó como probable el resultado muerte y aún así continuó su conducción, asumiendo el riesgo de que el desenlace fatal ocurriera”.

“Recordemos que el derecho penal argentino -y la jurisprudencia más reciente- han reconocido en hechos como este la existencia de dolo eventual, cuando el autor prevé el resultado como posible y actúa de todos modos, asumiendo su concreción –remarcaron los abogados que intervienen en el rol del particular damnificado-, la familia exige justicia, y que este hecho no se reduzca a mera negligencia o temeridad, ya que se trato de una conducta dolosa y evitable”.

La causa se encuentra en etapa de instrucción. La evolución de la calificación penal será clave para garantizar justicia en este caso.

Cae organización de apuestas ilegales que captaba a menores desde escuelas por WhatsApp

Como parte del trabajo colaborativo que viene realizando LOTBA con la Fiscalía Especializada en Juegos de Azar (FEJA) para combatir el juego clandestino y la ludopatía infantil, se desarticuló una red dedicada a la promoción de apuestas ilegales online y que captaba a menores de edad para realizar apuestas de forma clandestina a través de WhatsApp, incluso dentro de escuelas.

A partir del trabajo investigativo realizado por la Fiscalía Especializada en Juegos de Azar en base a las denuncias recibidas, la División Investigaciones Tecnológicas Especiales de la Policía de la Ciudad y personal del Ministerio Público Fiscal realizaron una serie de allanamientos en la Ciudad de Buenos Aires y en las localidades de Vicente López y Chacabuco de la Provincia de Buenos Aires en los que se logró desmantelar esta organización clandestina.

Entre los elementos secuestrados se encontraron dispositivos electrónicos, soportes digitales y documentación relevante para la causa. Además, se identificó a tres sospechosos que quedaron imputados por infracción al artículo 301 bis Código Penal, que sanciona la explotación de juegos de azar sin autorización.

Este operativo se suma al mega operativo “Juego Limpio” que se hizo el año pasado en el que se desarticuló otra organización dedicada a la explotación de plataformas de juego clandestino en Internet y el cual incluyó la realización de 30 allanamientos en la Ciudad y Provincia de Buenos Aires, el bloqueo de más de 3000 sitios webs y la notificación a 15 influencers que las promocionaban.

“Seguimos combatiendo la ludopatía infantil: ya bloqueamos más de 2390 sitios ilegales”, sostuvo Jorge Macri, Jefe de Gobierno porteño.

“El acceso de menores de edad a juegos de apuestas online se da en sitios ilegales. Desde Lotería de la Ciudad estamos dando una batalla muy fuerte para intentar cerrar estos sitios y combatir el juego ilegal. Este operativo es el resultado de un trabajo conjunto», afirmó Jesús Acevedo, Presidente de Lotería de la Ciudad.

Cabe destacar que las plataformas legales de juego online habilitadas para operar en la Ciudad de Buenos Aires son únicamente las que cuentan con la autorización y control de LOTBA y cuyo dominio termina en “.bet.ar”. Las mismas funcionan de manera responsable ya que cumplen con altos estándares de seguridad y poseen mecanismos de validación de identidad que garantizan que los usuarios que acceden sean mayores de edad en todos los casos.

Además, desde el año pasado hasta la fecha, se enviaron 81 cartas documento a influencers que promocionaban juego ilegal. A su vez, se notificaron 75 casos a la Fiscalía Especializada en Juegos de Azar y actualmente se están investigando a un total de 100 influencers y famosos, de los cuales el 75% fueron informados por LOTBA. También, se ordenó el bloqueo de más de 2000 perfiles de redes sociales y publicidades. A esto se le suman los más de 1600 bloqueos de accesos a sitios de juego en línea ilegales en las escuelas y la red BA Wifi y las 19 denuncias realizadas por juego físico ilegal, se informó en un comunicado.

A través de estas denuncias, Lotería de la Ciudad reafirma su compromiso como organismo de control, que vela por una oferta lúdica segura, responsable y legal, trabajando de manera conjunta con diferentes actores del Gobierno de la Ciudad en el combate contra el juego ilegal y la ludopatía infantil.

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