Abogadas de La Plata aportaron su experiencia en la ONU que ahora impulsa a nivel internacional la incorporación del Abogado del Niño

Dos abogadas platenses participaron de la consulta de Naciones Unidas para incorporar estándares sobre acceso a la justicia y patrocinio especializado de niñas, niños y adolescentes y ahora se espera la incorporación en la nueva Observación General N° 27 de la ONU

Las doctoras María Donato y Sara Cánepa, con destacada trayectoria en patrocinio jurídico especializado, impulsaron la incorporación expresa de la figura del Abogado del Niño en la futura Observación General Nº 27 del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. Las Observaciones Generales son documentos interpretativos mediante los cuales los Comités de la ONU aclaran y desarrollan el alcance de los derechos establecidos en los tratados internacionales. Funcionan como una guía para que los Estados parte cumplan adecuadamente sus obligaciones y orientan, además, el trabajo de otros actores clave como organizaciones de la sociedad civil, operadores judiciales, autoridades administrativas y legisladores.

Ambas abogadas participaron de la consulta global convocada por la Oficina de las Naciones Unidas para elaborar la futura Observación General Nº 27 del Comité de los Derechos del Niño, destinada a fijar estándares internacionales sobre el derecho de NNyA al acceso a la justicia y a un recurso efectivo. “El aporte presentado traslada al plano internacional más de once años de experiencia acumulada en la Provincia de Buenos Aires, donde la figura del Abogado del Niño se encuentra institucionalizada desde la sanción de la Ley 14.568, a través de los Registros creados en los veinte Colegios de Abogados- Abogacía bonaerenses. Ese modelo, pionero en la región, ha permitido consolidar prácticas profesionales que garantizan escucha activa, participación real, autonomía progresiva y defensa técnica especializada” señaló María Donato a la Agencia de noticias Fueros.

En su presentación, las profesionales destacaron la importancia de que la Observación General Nº 27 incorpore explícitamente al Abogado del Niño como garantía mínima del debido proceso judicial y administrativo. Señalaron que la asistencia jurídica especializada debe ser provista por el Estado sin discriminación, sin condicionamientos de edad o madurez y en todos los procedimientos donde se encuentren comprometidos esos derechos. Uno de los puntos centrales es la creación de Registros de Abogadas y Abogados en la materia en cada país, con sistemas de sorteo para la designación. Este mecanismo, señaló Cánepa, “no es una formalidad burocrática sino una garantía institucional que asegura transparencia, objetividad y ajenidad respecto de las partes involucradas, además de fortalecer la independencia del patrocinio y la integridad del procedimiento.

El documento también describe las funciones esenciales del patrocinio especializado: asesorar, acompañar, representar, patrocinar y garantizar condiciones reales de participación de niñas, niños y adolescentes. Se subraya la importancia de prácticas libres de revictimización, el cumplimiento de estándares de escucha activa y la consolidación de una tutela judicial efectiva reforzada cuando están en juego sus derechos fundamentales. Otro de los aportes sugiere que la futura Observación General Nº 27 promueva una difusión accesible y multiformato de sus contenidos, materiales en lenguaje claro, versiones adaptadas a diferentes edades, recursos audiovisuales y digitales, para aumentar el conocimiento y el ejercicio ciudadano de los derechos.

“Una construcción desde la práctica y la formación”

“Desde La Plata venimos construyendo, desde la práctica y la formación, una mirada especializada que reconoce a niñas, niños y adolescentes como verdaderos sujetos de derechos”, señalaron María Donato y Sara Cánepa al presentar su aporte “Aspiramos a que esta Observación General fortalezca los sistemas de protección y eleve los estándares en toda la región”. La participación platense se inscribe en un momento clave para América Latina, marcada por profundas desigualdades en el acceso a la justicia de niñas, niños y adolescentes. La contribución de María Donato y Sara Cánepa, busca que la futura Observación General consolide criterios comunes, promueva políticas públicas de calidad y reconozca la defensa técnica especializada como pilar del acceso a derechos, replicando un modelo que la Provincia de Buenos Aires ha desarrollado con resultados positivos.

Consultas

IG: dramariadonato

Rechazan el proyecto de divorcio administrativo y advierten que «es incontitucional”

El Colegio de Abogacía de La Plata (CALP) expresó su firme rechazo al proyecto de ley de divorcios administrativos propuesto por el Poder Ejecutivo Nacional al considerar que pone en serio riesgo la seguridad jurídica y “vulnera derechos fundamentales”. Avierten que es inconstitucional y que despoja a las personas de protección legal.

Conforme al comunicado publicado por el Consejo Directivo del Colegio, el divorcio no es un simple trámite administrativo, sino un proceso complejo con implicancias jurídicas profundas, por lo cual requiere la intervención de profesionales especializados en el área de familia para garantizar la defensa de los derechos de las partes, especialmente de las más vulnerables, se informó en un comunicado.

“Este proyecto desconoce lo que es el Código Civil y la mirada del divorcio de manera integral, con todos sus efectos”, advirtió la presidenta del CALP, Marina Mongiardino, y agregó: “La intervención del profesional de la abogacía les permite a los cónyuges conocer sus derechos, sus obligaciones y preservar las garantías constitucionales”.

Frente a esta situación, la entidad llamó a una sesión extraordinaria para tratar el tema, la cual tendrá lugar el próximo viernes a las 17. La misma será de carácter público y transmitida en vivo por el canal de YouTube del Colegio (@calp-oficial).

En ese sentido, advirtieron que el proyecto es “inconstitucional” y afirmaron que trasladar los divorcios a una sede administrativa no solo va en contra de principios internacionales, como el de no regresividad, sino que también despoja a las personas de la protección legal que solo un proceso judicial puede ofrecer.

Asimismo, mencionaron como aspecto clave que la ausencia de asesoramiento letrado en el proceso administrativo podría llevar a una renuncia anticipada de derechos por desconocimiento, afectando directamente aspectos patrimoniales, alimentarios y de compensación económica de las partes involucradas.

Finalmente, desde el Colegio de La Plata se exhortó a los legisladores a rechazar el proyecto de ley y preservar el control judicial sobre los divorcios, como forma de asegurar la protección de los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Constitucionalista asegura que el paquete fiscal de la Ley «Bases» no debe aprobarse

El abogado constitucionalista Armando Aquino Britos manifestó que, de acuerdo a lo previsto por la Constitución Nacional, el “Paquete fiscal” o capítulo impositivo de la denominada Ley Bases no podría convertirse en ley y se deberá esperar hasta el período 2025 -con la presentación de un nuevo proyecto- porque fue expresamente rechazado por el Senado Nacional.
Según Aquino Britos, docente de la Universidad Nacional del Nordeste “a partir de ese rechazo ese capítulo fiscal del proyecto no puede tratarse este año, sino durante las sesiones del año próximo”.

Tras citar a recordados especialistas como Germán Bidart Campos, el letrado explicó que “el art 81 de la Constitución es claro cuando establece que ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras, podrá repetirse en las sesiones de aquel año y que si el proyecto fuere objeto de adiciones o correcciones por la Cámara revisora se indica bajo qué circunstancias, cómo y de qué formas puede actuar la Cámara de origen. En modo alguno la Constitución le otorga la potestad de insistir sobre lo que fue rechazado sea de manera explícita o implícita”
“El rechazo no admite insistencia ni modificación. El rechazo se acepta y no puede tratarse o repetir su tratamiento en las sesiones de un mismo periodo parlamentario”.
Esta opinión se da en una instancia especial de una inmediata revisión en Diputados y se trata de un capítulo clave en la normativa dado que establece la reposición del impuesto a las ganancias y la eliminación de la moratoria del ANSES entre otros puntos.
Aquino Britos aseveró a la Agencia Fueros que “si un proyecto de ley se aprueba con modificaciones requiere que la Cámara de origen acepte o no la modificación para que sea ley, si mantiene su voluntad es necesario el 2/3 del voto de los miembros presentes”. Sin embargo, aclaró expresamente que “cuando la Constitución se refiere al rechazo es terminante y clara, no puede repetirse en las sesiones de aquel año”.