ESTE LUNES ENVÍAN AL SENADO BONAERENSE LOS PLIEGOS DE JUECES LABORALES PLATENSES

El gobierno de Axel Kicillof acelera sus acciones para cubrir una totalidad cercana a las 600 vacantes de jueces y enviará este lunes al Senado bonaerense 110 pliegos para nombramientos de magistrados, entre los cuales figuran 8 cargos de los 9 que faltan completar en los cinco tribunales laborales platenses.

Se trata de una forma de “ponerse al día” por parte del Poder Ejecutivo, que había recibido ternas para la justicia platense en junio del año pasado por parte del Consejo provincial de la Magistratura y recién ahora va cumpliendo en cuotas con su obligación de cubrir vacantes en distintos fueros y departamentos judiciales.

El tema de los pliegos para los tribunales laborales platenses será toda una novedad y reactiva la expectativa -por ahora en términos demasiado latentes – de avanzar hacia el sistema de juzgados unipersonales, abandonando la histórica figura del tribunal colegiado de instancia única.

Desde la casa de gobierno y desde las carteras de Justicia y de Economía ya abrieron el paraguas ante el torrente de pedidos que se avecina acerca de la instauración del nuevo sistema que prevé juzgados y cámaras de apelación, que está establecido en el nuevo código de procedimiento laboral, ley 15057.

En ese sentido, desde el oficialismo despejaron todo tipo de fantasias de inmediatez y resaltaron que no hay presupuesto para instrumentar el nuevo sistema.

UN FALLO DECLARA INCONSTITUCIONAL EL DECRETO 70/2023 QUE DESREGULABA LOS AUMENTOS A LAS PREPAGAS

La Camara Federal de apelaciones de Parana declaro la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto 70/2023 en cuanto derogan el inc. g) del art. 5 y el art. 17 de la ley 26.682. Dejando sin efecto los aumentos de las cuotas de los planes fijados por OSDE a partir del mes de enero de 2024. El Dr. Manuel Luaces, Magister En Justicia Constitucional por la Universidad de Bolonia refirió “Con esta declaración de inconstitucionalidad del decreto, la Superintendencia de servicios de salud recobra su legitimidad para autorizar el aumento de las cuotas cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos. Ademas las podran establecer precios diferenciales para los planes prestacionales, al momento de su contratación según franjas etarias con una variación máxima de tres (3) veces entre el precio de la primera y la última franja etaria” El Especialista en Derecho a la salud refirió además “Esto es una buena noticia para los usuarios de prepagas y es un golpe para la pretensión del gobierno nacional de desregular el mercado de medicina prepaga a través de un decreto”.

El fallo, firmado por los camaristas Beatriz Estela Aranguren, Mateo José Busaniche y Cintia Graciela Gómez tomó como argumento para declarar la inconstitucionalidad del decreto en que no había tales condiciones de urgencia y necesidad dado que debió presentarse un proyecto de ley al Congreso.

“Al no haberse procedido de tal manera, no cabe más que declarar la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto 70/2023 en cuanto derogan los arts. 5 inc. g) y 17 de la ley 26.682, debiendo la Autoridad de Aplicación reasumir su tarea de autorizar en los términos de la ley 26.682, revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones”

Asimismo, la autoridad de aplicación deberá “fiscalizar y garantizar la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales y autorizar el aumento de las cuotas cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos”.

Se resaltó en la resolución judicial que “no se cuestiona aquí la decisión del Poder Ejecutivo de adoptar medidas tendientes a aumentar la competitividad del sistema de medicina prepaga, pero no se admite que para ello se modifiquen, por vía de decreto de necesidad y urgencia, las atribuciones legislativamente acordadas al órgano de control”.

Como cuestión colateral, cabe señalar que la obra social demandada, OSDE, había invocado su calidad de asociación civil sin fines de lucro y de obra social.

Sin embargo, la cámara advirtió que OSDE se encuentra inscripta en el Registro Nacional de Obras Sociales-RNOSbajo el N° 4-0080-0, desde el 24/09/80 como Agente del Seguro de Salud, de conformidad con lo previsto por el inc. e) del art. 1° de la Ley N° 23.660 y con los alcances de la Ley N° 23.661 y en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga-RNEMP-, en forma provisoria, bajo el N° 6-1408-1, de acuerdo a lo previsto en la Ley Marco Regulatorio de Medicina Prepaga N° 26.682”.

“Ello implica que la demandada se encuentra autorizada a funcionar, al mismo tiempo, como obra social y como empresa de medicina prepaga”, se explicó en el fallo.

Por el caso Fabiola, la Asociación Civil de Abogados Penalistas Platenses repudia a Ercolini

Repudian la decisión del Juez Federal Julián Ercolini de impedir el ingreso de la defensora del expresidente Alberto Fernández, Silvina Carreira, a participar de la audiencia de ampliación de testimonial prestada por la denunciante Fabiola Yánez, en el marco de su denuncia por violencia de género.

El comunicado fue dado a conocer por la Asociación Civil de Abogados Penalistas Platenses (ACAPP) que calificó como un hecho gravísimo y atenta contra el derecho de defensa en juicio y el debido proceso.

“El derecho a controlar la prueba y específicamente interrogar a la testigo, denunciante en este caso, surge de la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 8 inc. 2 f), y 14 Inc. 3 e) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos con jerarquía constitucional conforme el artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional” señaló a la Agencia de Noticias Fueros Gonzalo Escaray uno de los integrantes de la ACAPP. El letrado agregó que “Ni la Convención CEDAW, ni la Convención de Belem do Pará, esta última sin jerarquía constitucional, establecen semejante desequilibrio entre las partes de un proceso ni regulan un sistema de valoración de la prueba de manera tasada como se pretende respecto del testimonio de la denunciante en casos como éste. No existe argumento válido alguno para sostener una presunta ´revictimización´ que funcione como excusa para violar la igualdad ante la Ley y el Derecho de Defensa en Juicio, máxime cuando días antes la propia denunciante se dispuso a dar una entrevista ante los medios”

El grupo de profesionales que conforman la Asociación de abogados, señaló que no intentan politizar sobre el caso, ya que solo velan por la defensa del Estado de Derecho de las Instituciones democráticas y por los Derechos Humanos consagrados en las constituciones de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires y los Tratados internacionales de Derechos Humanos, independientemente de quién sea el sujeto inculpado del presunto delito.

En un comunicado indican que “este cercenamiento del derecho de defensa en juicio y a la vez, del ejercicio profesional de la colega Carreira, quien pretende realizar una defensa técnica eficaz, resulta impedido ahora por el Poder Judicial quien debe precisamente velar por el cumplimiento de la ley”

Por último, señalan que esta circunstancia no sólo debe acarrear la nulidad absoluta del acto procesal viciado, sino además el apartamiento del funcionario que lo dispuso ya que ha demostrado una parcialidad manifiesta a favor de la denunciante y en desmedro del imputado. “En virtud de lo expuesto exhortamos al Ministerio de Justicia de la Nación, al Poder Judicial Federal, y al Colegio de Abogados de la Capital Federal a velar por las garantías del debido proceso, y el legítimo ejercicio de la profesión de la abogacía, como aseguramiento de las libertades individuales y los valores democrático-republicanos” finalizó el comunicado.

Por el caso Loan, piden cesar de forma urgente con publicaciones periodísticas

En el día de ayer, el abogado Darío Saldaño, en representación de la ONG “Por los derechos sociales de los Niños” de la ciudad de La Plata, realizó el pedido ante el Juzgado Federal de Goya Corrientes, para regular las publicaciones periodísticas en todos los medios de comunicación del país, con el fin de resguardar el Derecho de menor desaparecido.

“Ante un caso que dominó la audiencia en los medios de comunicación, que pretende generar audiencia a veces a cualquier costo, necesitamos que por el bien del menor desaparecido, se cese con la información que está vulnerando no sólo los Derechos del niño sino también la investigación” sentenció Saldaño

Según pudo saber la Agencia de Noticias Fueros, el letrado solicitó la prohibición de divulgación y publicaciones periodísticas a todo medio de comunicación masiva, radiales, gráficos, televisivos y redes sociales a fin de resguardar el Derecho del menor.

En el escrito además requirió que se ponga en conocimiento al ENACOM, pretendiendo su intervención en su calidad de ente regulador.

El abogado Saldaño indicó que esta medida precautoria es para evitar que se continúe con la divulgación de cualquier tipo de información que está poniendo en riesgo la investigación y resultados favorables. Saldaño además criticó la actitud de su colega Burlando: “debe haber una centralidad en la recepción de la información ya que se supo que días atrás Burlando por cuenta propia ofreció una recompensa millonaria y pidió que se comunicaran a sus teléfonos particulares para obtener información del paradero del niño. Todo esto es un absurdo” señaló Saldaño

En el escrito, que firman el presidente y la tesorera de la ONG, Horacio Daniel Espinoza y Carolina Beatriz Carlos respectivamente, piden que “se detenga la exposición de imágenes, datos, nombres circunstancias e hipótesis sin los cuidados respectivos, ya que constituyen una flagrante violación de los derechos y garantías constitucionales siendo responsabilidad funcional y personal de Vuestra Señoría el cumplimiento de lo ordenado. Todo con excepción de lo que expresan el Alerta Sofía y el SIFEBU (Sistema Federal de Búsqueda de Personas desparecidas y extraviadas) dispongan”, aclaró Saldaño.

En otro tramo del documento, explican que la petición está basada en que “se habló de rituales satánicos, accidentes automovilísticos, trata de personas, adopciones ilegales, pedofilia, se sindican autores, roles delictivos y cuanto permita la imaginación de quienes alimentan su vanidad o necesidad de exposición pública o mera búsqueda de audiencia”.

Saldaño argumentó su pedido en que “ponemos especial énfasis en el texto de la Ley 20056 que prohíbe la difusión o publicidad de ciertos hechos referentes a menores de 18 años de edad, entre otros supuestos que sean víctimas de delitos o que se encuentren en estado de abandono o en peligro moral o material”

“La magistrada debe centralizar y hacerse cargo de forma total de la investigación, no puede ocurrir que de forma totalmente ilegal exista un ofrecimiento de recompensa y se ofrezcan números de teléfonos particulares sin control estatal ni transparencia alguna. Esto implica un riesgo mayúsculo para la posibilidad de encontrarlo, atentando contra la eficacia y desvirtuando la investigación”

“No negamos la importancia de los medios de comunicación, pero lo que debe trascender, es sólo en base a los postulados del Alerta Sofía, del Sistema federal de búsqueda de personas, extraviadas y desaparecidas, así como también la información oficial que brinde el propio Juzgado”, finalizó el abogado platense

@dariosalda

221 586-2121

Tiene fecha el juicio al profesor de música acusado de 12 abusos

Tiene fecha de inicio el juicio al profesor de música acusado de 12 abusos en un jardín de infantes de La Plata.

Será el 12 de agosto, pero previamente se realizará una audiencia contemplada en el artículo 338 del Código Procesal Penal prevista para este jueves 11 de julio. Para los abogados de los niños, “el jueves será un día clave y hay que estar en alerta”. Se debe a que están convencidos que la defensa del acusado intentará frenar nuevamente el inicio del proceso oral.

El jueves, se realizará en los Tribunales de La Plata, la audiencia donde las partes coordinarán las pruebas que van a ser utilizadas en el debate oral pero los abogados de los niños Andrea Reynoso, Matías Pietra Sanz y Sabrina Lauret creen que la defensa de Marcos Ledesma, pretenderá seguir dilatando el inicio del juicio.

Como se sabe, el caso se remonta a 2013 cuando comenzó la investigación al profesor de música del jardín 914 de La Plata, por supuestos abusos a niños que tenían entre 3 y 4 años.

Los abogados del particular damnificado explicaron a la Agencia de Noticias Fueros, que “con distintos argumentos la defensa de Ledesma logró en 2021 postergar el juicio que estuvo a punto de iniciarse. Pasaron 3 años y creemos que la intención dilatoria se va a repetir, en la audiencia del 11 de julio. La misma se trata de un encuentro para ponernos de acuerdo en los testigos que presentará cada una de las partes, que son 200 aproximadamente. Hay que tener en cuenta que los aplazamientos en el inicio del juicio son a favor del acusado que llega en libertad al juicio” explicó Reynoso. En este sentido, otro de los abogados que defiende a los 12 niños señaló como llamativo que la defensa del acusado intente eliminar testigos que ellos mismos habían propuesto, entre los que se encuentran peritos de parte y profesores del Colegio. “Saben que no son beneficiosos para sus objetivos, pero no vamos a aceptar que ningún testigo se aparte, ni más dilaciones, ni estrategias que impliquen un nuevo retraso en el debate oral” explicó Matías Pietra Sanz.

Según lo previsto, el debate oral que llevará adelante el Tribunal Criminal N° 5 conformado por Carmen Palacios Arias, Ezequiel Medrano y Ramiro Fernández Lorenzo, comenzará el 12 de agosto en la sede penal de calle 8 y 57 de la Capital de la Provincia de Buenos Aires.

Los abogados de las familias y niños involucrados, indicaron a Fueros que, si bien “representamos a 12 víctimas de abuso, son muchos más que por distintos motivos no hicieron las denuncias, pero los propios chicos en Cámara Gesell, nombraron a 7 compañeros que también fueron víctimas de abusos”

La letrada Sabrina Lauret dijo que “las pruebas son contundentes y no dejan lugar a dudas de la culpabilidad del acusado por el delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido por el encargado de la educación de las víctimas”

El debate oral tendrá como Fiscales de Juicio a Rosalía Sánchez y Mariano Sibuet.

IG @andrea.reynoso.1232

IG @sabrinalauret

IG @florrblancco

IG @matias_pietra_sanz

Desarticulan escrache en redes sociales en La Plata: el “hacker”, terminó allanado y detenido

Desarticulan escrache en redes sociales en La Plata: el “hacker”, terminó allanado y detenido

El autor había creado perfiles falsos en FB, IG y casillas de correo. Así hostigaba a la víctima pidiendo exorbitantes sumas de dinero. Un abogado impulsó la denuncia con un perito informático. Detectó el IP de las publicaciones, logró secuestrar los dispositivos y frenar las graves amenazas. Ahora va por una millonaria demanda civil por daños y perjuicios. Una historia única de la que nadie está exento

Una acción judicial sin precedentes a través de un abogado de La Plata que formuló una denuncia penal con la intervención de un perito informático, logró ubicar el autor de los denominados escraches o extorsiones a través de las redes sociales, con las que mantenía atemorizado a la víctima, mediante graves amenazas y pedidos de sumas de dinero exorbitantes.

La denuncia impulsada por el letrado Gonzalo Escaray ante la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) III de La Plata posibilitó detectar el IP del autor de los hostigamientos. La justicia allanó su domicilio de Vila Elisa donde se secuestraron celulares, computadoras y tablets.

Los investigadores judiciales comprobaron que las publicaciones y amenazas provenían de mensajes escritos en esos soportes a través de las redes Facebook e Instagram, con múltiples perfiles y de numerosas cuentas de correo electrónico -con casillas falsas-, abiertas con el mismo objetivo, de amedrentar a la víctima.

El autor de los escraches en redes sociales terminó detenido. Y de esta manera el escrache quedó desarticulado, que era el principal objetivo que perseguía la víctima junto a su abogado, el doctor Escaray.

Las acciones judiciales llevadas adelante adquieren un enorme significado por la frecuencia con la que se viene dando esta modalidad delictiva a través de “hackers” que se ocultan en falsos usuarios y perfiles para hostigar a sus víctimas a través de las redes digitales. Y además, porque los damnificados de este tipo de maniobras por lo general en su desesperación no saben a quién acudir o cómo actuar.

En este caso puntual, la fiscalía y el juzgado de garantías establecieron que, al no haberse entregado sumas de dinero por parte del damnificado, se consideró que no existió “extorsión “sino el delito de “acceso indebido al sistema informático derivado de los hackeos contemplado en el art 153 bis del código penal”.

Luego de la acción impulsada en sede penal, el abogado Escaray tramita por estas horas una demanda civil en los tribunales de La Plata contra el autor del escrache en redes sociales, que, al haber sido identificado en la causa penal, la misma podría ser millonaria por los severos daños y perjuicios sufridos contra su nombre y honor, y el de su familia.

El caso, paso a paso

A partir de un conflicto entre integrantes de un fideicomiso destinado a la construcción de edificios en la ciudad de La Plata, uno de los adquirentes de dos unidades funcionales ante la demora en la entrega de sus departamentos realizó de manera anónima múltiples acciones dirigidas a escrachar al constructor del edificio por redes sociales, creando múltiples usuarios de Facebook e Instagram y casillas de correo falsas y de esa manera agredir, amedrentar y difamar a la víctima y su familia.

Si bien existía sospecha acerca del autor de estas maniobras, el abogado Gonzalo Escaray aconsejó la intervención de un perito que logre identificar el origen de las publicaciones. Y así finalmente ocurrió, siendo que se localizó el IP donde se generaron los perfiles falsos, el hackeo de correo electrónico y las publicaciones de Facebook e Instagram.

Tras las acciones penales y civiles llevadas adelante, el abogado Gonzalo Escaray señaló a la Agencia Fueros que “se trató de un caso muy particular y de éxito para mi Estudio, ya que los escraches eran constates y de manera anónima. Pese a que sabíamos acerca de quien estaba detrás necesitábamos más pruebas para realizar la denuncia, por lo que fue muy importante contar con un perito que colabore en la investigación particular que hicimos, logrando entonces rastrear el IP, empresa proveedora del servicio y con ello la identidad del escrachador.

El perito pudo acceder a la red hogareña del autor desde la puerta de su domicilio, detectando además maniobras de hackeo a la casilla de mail desde Villa Elisa (localidad donde reside la persona sospechada).     

Una vez obtenida la prueba necesaria, el doctor Escaray radicó una denuncia penal por extorsión a fines del año 2019, ya que previo a los hackeos el encargado de los escraches se había comunicado con su cliente exigiéndole sumas de dinero exorbitantes advirtiéndole justamente que lo escracharía si no le abonaba ese dinero.

Si bien la pandemia genero muchos atrasos en la investigación que estuvo a cargo de la UFI N.º III a cargo entonces del fiscal Marcelo Martini, se obtuvieron diversas declaraciones de testigos, que dieron detalle acerca del conflicto y de las características personales del autor de los escraches y se incorporó la pericia informática realizada.

Con la prueba reunida, la fiscalía y el juzgado de garantías realizaron un allanamiento en la casa de Villa Elisa del autor, donde se secuestró abundante material (computadoras, tabletas y celulares) Allí también se concretó la aprehensión del autor de los escraches.

Si bien no se pudo pericia un celular por el mal estado que se encontraba, se hallaron las publicaciones realizadas y otros datos que impidieron continuar con los escraches.

Al no haberse entregado sumas de dinero, la fiscalía consideró que no existió “extorsión” que era el encuadre legal que se pretendía para arribar a una potencial condena más severa. El fiscal dio la calificación por el delito de “acceso indebido al sistema informático” derivado de los hackeos contemplado en el art 153 bis del código penal.

Al individualizar al autor, siendo muy baja la pena estipulada para ese delito, el abogado Escaray inició acciones civiles por daños y perjuicios que se encuentran actualmente en trámite. En la última semana, el letrado interpuso importantes medidas de prueba.

En primera persona

Además de las dificultades en este tipo de casos para la identificación del autor, por sus múltiples perfiles falsos y anónimos, el abogado Gonzalo Escaray contó a la Agencia Fueros que en este expediente puntual “nos encontramos inicialmente con una gran inacción de parte de la Fiscalía en parte por la pandemia y por otro lado por desinterés, hasta que con un nuevo fiscal se actuó con gran celeridad ordenándose el allanamiento y secuestro de aparatos electrónicos”.

El fiscal que llevó luego todas las medidas de prueba fue el actual fiscal en turno de La Plata, Juan Menucci. “En casos como estos en los que nos toca representar a las víctimas de escraches debemos analizar muchas cuestiones, siendo que no es lo mismo cuando se realizan de manera anónima, es decir desde perfiles falsos, que cuando se hace de un perfil real o bien si tiene lugar un hackeo o intromisión indebida a una casilla de correo”, expresó el letrado Escaray.

“Tengamos en cuenta que el hackeo se traduce en un delito de penas muy bajas, siendo el máximo de seis meses, aunque según el daño que genere se podrán iniciar acciones civiles buscando una reparación económica que puede ser muy cuantiosa”, enfatizó el abogado.

Ilustrando siempre sobre el tenor de esta modalidad delictiva, Escaray sostuvo que “si hablamos de escraches, según el contenido de los mismos y las acciones previas, pueden derivar en una querella por calumnias e injurias o bien en una denuncia extorsión, ello si de manera previa se exigió entregar dinero o suscribir un documento como condición para evitar ese escrache”. Y añadió: “En casos como esos se ha logrado la aprehensión del extorsionador e incluso su prisión preventiva dado que la pena contemplada es de 3 a 8 años”.

“Mi consejo es guardar todas las pruebas, certificarlas y acudir a un abogado de confianza para que lo oriente respecto a qué camino tomar sea querella o denuncia y acompañarlo como querellante o particular damnificado en la misma y sobre todo actuar con rapidez para bajar las publicaciones”, concluyó el doctor Escaray, quien precisamente intervino en esta causa en el rol del particular damnificado.

IG: @estudio_escaray

Facebook:Gonzalo Escaray

Web: www.estudioescaray.com.ar

Teléfono: 221 565-4034

Fallo judicial a favor de la protección del paisaje en Isla Paulino

En marco de la demanda presentada por la ONG Nuevo Ambiente, a los fines que se proteja debidamente a las Islas Santiago y Paulino, la justicia del fuero contencioso administrativo de La Plata hizo lugar a la medida cautelar de no innovar solicitada por los ambientalistas. Desde el espacio, señalaron que “hace 23 años que estamos esperando que los municipios de Berisso y Ensenada, con la colaboración técnica de la provincia, pongan en vigencia el plan de manejo de la zona. Por lo cual, la medida judicial nos genera una gran expectativa de que se cumplan las leyes relativas a éste Paisaje protegido”
La resolución, dictada en autos “Asociación Civil Nuevo Ambiente c/ Municipalidad de Berisso y otro/a s/ Acción Recomposición Ambiental”, en trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo 2 de La Plata, ordena a los Municipios de Ensenada y Berisso a “que se abstengan de autorizar y/o gestionar directa o indirectamente la construcción de emprendimientos urbanísticos, aprobar loteos y/o subdivisiones y todo proyecto que implique movimiento de suelos y desmonte en el ámbito del “Paisaje Protegido Monte Ribereño Isla Paulino, Isla Santiago», hasta tanto se dicten normas de aplicación de las leyes 11.723 y 12.704 y se impulse el “Plan de manejo ambiental” que contenga las restricciones y condicionantes edilicios y constructivos necesarios para la protección del ambiente y reglamente el procedimiento de evaluación del impacto ambiental de toda obra pública o privada a realizar en el lugar, con la debida instancia de participación ciudadana”
Cabe señalar que la Isla Santiago (Ensenada) y Paulino (Berisso) son áreas que se encuentran declaradas, mediante la ley 12756 , como “Paisaje Protegido de Interés Provincial para el desarrollo eco turístico“, y son las administraciones municipales las encargadas, siempre según la norma, de celebrar acuerdos para establecer formas coordinadas de gestión para el manejo conservacionista de dicha área protegida”.
Estas Islas, que forman parte del Monte Ribereño del Río Santiago, no sólo se encuentra protegida por la mencionada ey 12.756, sino que además están alcanzadas por las restricciones de la ley 14.888 de Bosques Nativos, y en el caso de Isla Santiago por la Ordenanza Municipal de Ensenada 1829/90 que declara Áreas Naturales Protegidas a costas, arroyos y sectores de Ensenada.
La declaración del Paisaje Protegido del “Monte Ribereño Isla Paulino, Isla Santiago», – continuaron desde Nuevo Ambiente – tiene por objeto conservar y preservar la integridad del paisaje natural, geomorfológico, histórico y urbanístico de dicha zona, pero desde hace años las administraciones municipales están omitiendo su cumplimiento, al permitir el deterioro del lugar, cuando son responsables directos del mismo.
“Desde hace muchos años –señalaron- venimos insistiendo para que se cumpla la ley y se confeccione el Plan de Manejo del Paisaje Protegido, ya que es fundamental en cuanto a la protección ambiental y la regulación de estas áreas que también abarcan sectores del continente, sin dejar de atender que el mencionado plan de manejo debería tener el asesoramiento e intervención del Ministerio de Ambiente de la Provincia, que no deja de ser otro ausente en referencia a la protección de nuestros Recursos Naturales como lo marcan las legislaciones vigentes”
Asimismo, la ONG expresó que “Consideramos un paso y un logro importante esta resolución judicial y esperamos que permita la confección del Plan de Manejo del Paisaje Protegido contemplado en la Ley Provincial 12.756 que incluye a las Islas Santiago y Paulino y sectores continentales del Rio Santiago. Es, además, un reconocimiento de los reclamos que venimos haciendo desde hace años por distintas vías por incumplimientos de los municipios de nuestra Región, quienes deberán acordar la confección del mismo y abstenerse a seguir poniendo en riesgo nuestros Recursos Naturales y la biodiversidad de las Islas y el rio Santiago”

Proyecto de ley para modificar penas por maltrato animal

Un grupo de abogados proteccionistas de animales, intenta en el Congreso Nacional modificar la actual Ley Benítez, equivocadamente conocida como Ley Sarmiento. La norma data del año 1954 y por eso buscan modificar fundamentalmente dos cuestiones: incrementar penas e incorporar nuevos tipos penales.

La abogada Marcela Loyola, especialista en Derecho Animal, contó a la Agencia de Noticias Fueros, que para la modificación de la Ley 14346 se reunieron abogados de varios distritos, que presentaron el nuevo proyecto al Diputado Nacional Pablo Juliano de la UCR, expediente 2489-D-2024, Trámite Parlamentario N° 60 con fecha 22/05/2024.

Loyola dio cuenta de los cambios que propone el grupo de proteccionistas que viene trabajando en el tema hace años: “Actualmente se reprime con prisión de 15 días a un año por malos tratos o crueldad a los animales y la modificación propone elevar las penas para maltrato de 6 meses a 3 años. En caso de crueldad animal la pena se ubica entre 1 año a 5 años”.  

Entre una larga lista de modificaciones, la abogada de Florencio Varela, indicó que también se penarán cuando no se alimente e hidrate adecuadamente a los animales, a quien utilice para trabajar a animales causando lesiones, agotamiento o muerte. Se incorporan penas para aquellos cuidadores humanos que no brinden asistencia veterinaria. También para aquellos que restrinjan los movimientos a través de encierros, abandono, manipulación genética, sometimiento a animales a la reproducción con fines comerciales abusando de la capacidad física y privados de sus capacidades básicas. Se incorporan tipos penales como la estimulación con drogas y zoofilia entre otros delitos.

También el proyecto apunta al maltrato animal para la realización de actos públicos y espectáculos, entre los que están las jineteadas, exhibiciones y circos. (Texto completo del Proyecto de Ley en www.agenciafueros.com.ar).

La abogada, señaló que “debemos contar con una legislación con penas fuertes y concretas. En muchos casos la justicia ordinaria va dando señales hacia la comunidad sobre las penas que le cabe a una persona cuando incurren en maltrato animal. En Florencio Varela tuvimos un caso muy conocido, el de ´Ramón´ un perro de la calle que sufrió un violento ataque por parte de un vecino. Ramón fue atacado a patadas y golpes por un hombre que paseaba su perro por la cuadra, inclusive instó a su perro a pelear con Ramón”.

El hecho, dijo Loyola a la Agencia Fueros, “quedó grabado en las cámaras de seguridad de un comercio, los vecinos identificaron al agresor lo cual nos permitió denunciar el hecho en la UFI 1 de Varela. El Juzgado de Garantías 6 a cargo del Dr Agüero de oficio dictaminó una medida de restricción de acercamiento hacia Ramón considerando su calidad de víctima dotada de sensibilidad” (Video del Caso Ramón en www.agenciafueros.com.ar)

Además de la abogada Loyola, se incluyen entre los firmantes a la Dra. Victoria Silvano (Titular de la Materia derecho Animal UBA), Dra María José Edreira (Abogada), Dr. Martín Testa (abogado) y la Dra. María Fernanda Biasi (Abogada),

Dra. Marcela Loyola

11 2271 5649

IG @mployola

Prisión efectiva ante falsas denuncias: texto completo

Se conoció en las últimas horas el texto completo del Proyecto de Ley que se presentará al Congreso esta semana, que intenta reprimir con prisión efectiva a quien realice una falsa denuncia en contexto de familia y género. Como se informó oportunamente, el abogado Marcelo Peña, diseño la iniciativa que contempla penas efectivas para los progenitores que en el marco de una separación conflictiva, realicen falsas denuncias (ver nota anterior). La diligencia ingresará por la Cámara de Diputados y dirigida al Jefe de Bloque Libertad Avanza, Diputado Nacional Gabriel Bornoroni. Texto completo.

1 2 3